La Comunidad Autónoma Vasca nos ofrece un ejemplo notorio de cómo el sector social es capaz de impulsar políticas sociales y cambios legislativos trascendentes, puesto que la Reserva de Mercado, así como el acuerdo de incorporación de cláusulas se inició e impulsó gracias al Proyecto Equal Lamegi (promovido por EAPN Euskadi y Reas Euskadi, y desarrollado de 2004 a 2007), entre cuyos objetivos y acciones se encontraban las de promover y facilitar la implantación de cláusulas sociales en las licitaciones públicas.
El proceso vino precedido de numerosas acciones de difusión, sensibilización, asesoramiento y elaboración de materiales, y tomó impulso el 17 de octubre de 2006 con motivo del Día Internacional de Lucha contra la Pobreza, en un acto público al que se invitó a todos los partidos con representación parlamentaria para debatir sobre las Cláusulas Sociales, de este germen surgió la idea de presentar una propuesta al Parlamento Vasco. Así, tras celebrar reuniones con todos los Grupos Parlamentarios, y realizar una comparecencia -28 de marzo de 2007- en la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Parlamento Vasco, el proyecto expuso una Proposición de Ley para la implantación de Cláusulas Sociales.
La propuesta fue asumida por la mayoría de Grupos Parlamentarios en forma de Proposición no de Ley con algunas variaciones, y tras el trámite de enmiendas se celebró su debate
en sesión plenaria del Parlamento Vasco, resultando finalmente aprobado el siguiente acuerdo:
Por medio del acuerdo el Parlamento Vasco instaba al Gobierno Vasco a que formase una comisión técnica que determinase las posibilidades de aplicar cláusulas sociales en los contratos públicos y que adoptase las medidas necesarias para su efectiva regulación.
Tras un proceso de análisis y prouestas -en el que participó la Agrupación de Empresas de Inserción del País Vasco- el resultado fue el “Acuerdo del Consejo de Gobierno, sobre incorporación de criterios sociales, ambientales y otras políticas públicas en la contratación de la administración de la comunidad autónoma y de su sector público” aprobado el 29 de abril de 2008.
Respecto a su contenido y gestión, señalamos lo siguiente:
• Sus cláusulas deben incorporarse obligatoriamente a la carátula de todos los pliegos de cláusulas que contraten todos los Departamentos, empresas públicas y organismos autónomos del Gobierno Vasco.
• Contiene referencias de interés para incorporar cláusulas referidas a la inserción sociolaboral y las empresas de inserción, en algunos casos expresamente:
- Regula detalladamente los Contratos Reservados, debiendo establecer un importe económico determinado, que será preceptivamente adjudicado a Empresas de Inserción y Centros Especiales de Empleo.
- Señala genéricamente que "si el objeto contractual requiere aptitudes específicas en materia social, se exigirá como requisito de solvencia técnica o profesional la concreta experiencia, conocimientos y medios técnicos en las referidas materias".
- Establece la posibilidad de incorporar criterios de adjudicación de carácter social cuando estén vinculados al objeto del contrato y satisfagan las necesidades de población especialmente desfavorecida.
- Señala la preferencia en la adjudicación para las propuestas presentadas por "empresas dedicadas específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social".
- Entre las condiciones de ejecución "se exigirá a la empresa adjudicataria el compromiso de incorporar en la ejecución de la prestación contratada al menos un 20% de personas desempleadas que se encuentren en especial dificultad para acceder al empleo", detallando exhaustivamente los perfiles concretos e indicando que dicha obligación podrá cumplirse de forma subsidiaria subcontratando con empresas inscritas en el Registro de Empresas de Inserción regulado por el Decreto 305/2000, de 26 de diciembre.