El Pleno del Ayuntamiento de Avilés en la sesión celebrada el 16 de julio de 2009, aprobó la "Instrucción para la incorporación de cláusulas sociales en los contratos públicos del Ayuntamiento de Avilés", que fue publicada en el BOPA nº 273, de 25 de noviembre de 2009.


Como muestra el titular, la Instrucción del Ayuntamiento de Avilés para la incorporación de cláusulas sociales, fue elegida como la mejor práctica nacional y una de las mejores prácticas europeas en la Conferencia Europea sobre Responsabilidad Social de las Empresas celebrada los días 25, 26 y 27 de marzo de 2010 en Palma de Mallorca, siendo seleccionada como modelo de fomento de la RSE desde las Administraciones Públicas.

Desde su aprobación se ha aplicado en nueve contratos municipales, que han supuesto la entrada en el mercado laboral de más de 40 personas en riesgo de exclusión. Su origen cabe situarlo en la participación de la ciudad en la Red de Territorios Socialmente Responsables (Retos), desde la que el equipo de gobierno se planteó avanzar en su implantación y tras un interesante proceso se llegó a la aprobación de la Instrucción.

«Aunque algunos municipios tratan de llevar a cabo contratos en los que se tenga en cuenta la inclusión social, ninguno lo tiene articulado como nosotros que hemos elaborado una normativa municipal aprobada por el Pleno y publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias», explica la concejala del área, Yolanda Alonso. Por su parte, la alcaldesa señala sobre estas cláusulas sociales y sobre el hecho de que Avilés vuelva a ser ejemplo en Europa con una buena práctica relacionada con Bienestar Social que se debe a «una trayectoria. El trabajo iniciado ya hace muchos años nos ha llevado a este momento».

Del análisis de la Instrucción, debe destacarse su contenido integral y su corrección técnica, producto de un trabajo de propuestas y mejoras a lo largo de varios meses, liderado por el Área de Bienestar Social, y en el que participaron activamente la gerencia municipal y los servicios técnicos de secretaría e intervención. Al respecto, realizamos este breve resumen:

 
• Por su calidad y ejemplaridad posee su elevado nivel de transferencia, debido a lo cual se ha convertido en un modelo de referencia que está siendo imitado, reproducido o adaptado por muchas administraciones públicas, especialmente del ámbito local.

Utiliza el amplio abanico de posibilidades de introducir criterios sociales amparadas por la legislación contratos públicos: Contratos Reservados, Criterios de Adjudicación; Solvencia Técnica; Objeto del Contrato; y Condiciones de Ejecución.

Incorpora diferentes temáticas sociales: inserción sociolaboral, discapacidad, seguridad y salud laboral, igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y calidad en el empleo.

Se refiere expresamente y de manera importante a las Empresas de Inserción, bien a través de la Reserva de Mercado, bien considerando como condición de ejecución y como criterio de adjudicación la contratación o subcontratación con Empresas de Inserción.

Contiene además un criterio de adjudicación relativo al "Proyecto de Inserción Sociolaboral" cuando éste forme parte fundamental del objeto del contrato. Y además en su Anexo III se refieren con detalle las "Condiciones especiales de ejecución de carácter social del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares incorporando medidas de inserción sociolaboral o de creación de empleo para personas con dificultades de acceso a lmercado laboral" lo que en la práctica supone un proyecto de inserción riguroso y pormenorizado.

• Posee pleno rigor no sólo jurídico sino técnico, incorporando siempre cláusulas objetivables y cuantificables con sus correspondientes indicadores y sistemas de verificación.