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Cooperación
transnacional: los proyectos deberán contar
con al menos un socio de otro Estado miembro de la UE. Además,
podrán participar socios de países de los programas
PHARE, TACIS y MEDA. |
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Complementariedad:
los proyectos EQUAL deben ser un complemento de las acciones ya existentes
a favor del empleo y contra la discriminación, evitando la
duplicidad de actividades. |
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Enfoque integrado:
los proyectos tendrán en cuenta una perspectiva integrada en
el tratamiento de las problemáticas de desigualdad o discriminación
en relación con el mercado de trabajo del territorio o sector,
concentrando las actuaciones en aquellos grupos que se vean más
afectados por dichas situaciones. Si las circunstancias lo justifican,
podrán asimismo tener por objeto principal alguno de los grupos
específicos que sufren discriminación o desigualdad. |
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Principio de capacitación:
se garantizará la participación activa de las entidades
implicadas en la toma de decisiones durante todas las etapas del proyecto,
demostrando que están presentes los agentes apropiados de la
zona o sector para intervenir en las problemáticas detectadas
y su compromiso de colaboración, así como la garantía
de la participación activa de los destinatarios finales de
los proyectos en el desarrollo de los mismos. |
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Innovación:
entendida como la propuesta de nuevos enfoques, el desarrollo de métodos
e instrumentos novedosos, o la transferencia de elementos ya existentes
en otros ámbitos que incrementen la eficacia en la aplicación
de las políticas. |
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Capacidad de transferencia
a las políticas generales: los proyectos deberán
contener medidas específicas de difusión e intercambio
de buenas prácticas y de sensibilización para el cambio
de actitudes, utilizando las estructuras, los medios y los métodos
necesarios para que la información llegue hasta los responsables
de la concepción de las decisiones políticas. |
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Igualdad de oportunidades:
principio horizontal que debe ser contemplado en todos los proyectos
EQUAL y en todas sus fases, lo que supone incorporar objetivos y actuaciones
concretas en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y
mujeres en cada proyecto. |